Besalco pone a disposición de sus trabajadores/as este canal de denuncias para la recepción de cualquier situación que pueda ser constitutiva de Acoso Sexual, Acoso Laboral y/o Violencia en el Trabajo, según lo establecido en la Ley 21.643 (Ley Karin)
Todas las denuncias y sus investigaciones están sujetos a los principios de confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género.
En ninguna instancia, la empresa podrá tomar represalias contra la persona que de buena fe formule una denuncia y se garantizará la adopción de medidas preventivas y de resguardo para el proceso de investigación y sanción de las conductas denunciadas.
Para realizar una adecuada investigación de las situaciones denunciadas, se deberá señalar los nombres, apellidos y número de cédula de identidad de la o las personas que efectúan la denuncia, cargo o función que cumplen o ejercen al interior de la Empresa. Además, deberá contener un relato detallado de los hechos que se estiman constitutivos de la conducta de acoso sexual, acoso laboral o de violencia en el trabajo, consignando fechas, horas, lugar de su ocurrencia y medio(s) utilizado(s) para acreditar la conducta ilícita, así como el nombre de la persona o de las personas denunciadas como presuntamente inculpadas de haber cometido la conducta motivo de la denuncia, de igual manera, en caso de contar con pruebas están deben ser acompañadas en la presente denuncia, señalando en caso de estimarlo necesario nombres de testigos que puedan dar fe de la denuncia en cuestión . Por último, la denuncia deberá incorporar medios de contacto del denunciante, correo electrónico y número de teléfono.













    ¿Cómo denunciar?

    Formulario de denuncia web
    Correo electrónico

    Escribiéndonos a auditoria@besalco.cl

    Buzón de voz

    Llamando al (56) 2 2519 2020

    Correo tradicional

    Carta confidencial dirigida a Auditoría Interna de Besalco S.A.:
    Ebro N°2705, piso 4,
    Las Condes, Santiago, Chile.

    Ley 20.393, ¿De qué trata?

    Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

    Besalco S.A. y Filiales (en adelante la Empresa) ha diseñado e implementado un Modelo de Prevención de Delitos (MPD), en referencia a la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas (en adelante la Ley), el cual es obligatorio para:

    Trabajadores de Besalco S.A. y Filiales,

    Clientes, proveedores, prestadores de servicios, contratistas y subcontratistas,

    Accionistas, directores y ejecutivos principales,

    Todos quienes realicen actividades de administración y supervisión para la Empresa.

    Es por ello que lo invitamos a revisar los siguientes puntos para una mejor comprensión de dicha ley y los temas a los que ésta se refiere.
    ¿A quiénes aplica?

    La Ley aplica a toda persona jurídica, empresa privada y del Estado, con y sin fines de lucro.

    ¿Qué delitos sanciona?

    La Ley establece los siguientes delitos:

    Lavado de Activos

    Financiamiento del Terrorismo

    Cohecho a funcionarios públicos nacionales o extranjeros

    Corrupción entre Particulares

    Apropiación Indebida

    Administración Desleal

    Negociación Incompatible

    Receptación

    Contaminación de aguas

    Inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia

    Delitos de la ley de control de armas

    Ilícitos asociados a la migración ilegal

    Delitos informáticos

    Comercialización de recursos hidrobiológicos vedados

    Pesca ilegal de recursos del fondo marino (recursos bentónicos)

    Procesamiento, elaboración y almacenamiento de recursos hidrobiológicos o productos derivados de ellos, colapsados o sobreexplotados, sin acreditar origen legal

    ¿Qué responsabilidades establece?

    De acuerdo con la Ley, las personas jurídicas son responsables cuando los delitos han sido:

    • Cometidos directa e inmediatamente para su interés o provecho,
    • Cometidos por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión,
    • Cuya comisión fuere consecuencia del incumplimiento de la persona jurídica, de los deberes de dirección y supervisión,
    • Cometidos por personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los sujetos mencionados en la letra b) anterior.
    ¿A qué sanciones se expone la Persona Jurídica?

    De acuerdo con la Ley, las personas jurídicas son responsables cuando los delitos han sido:

    • Disolución o cancelación de la personalidad jurídica,
    • Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos o contratos con el Estado,
    • Pérdida parcial o total o de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un periodo determinado,
    • Multas a beneficio fiscal.